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Parlamento Europeo prohibe experimentar los productos
cosméticos en animales a partir del 2004
El pleno del Parlamento Europeo aprobó hoy una
modificación de una directiva de 1976 sobre fabricación de
cosméticos para decretar la prohibición de realizar tests
con animales a partir del 2004 y de comercializar productos que hayan sido
experimentados en animales cinco años después de la entrada
en vigor de la directiva.
El visto bueno de la Eurocámara ha sido posible
gracias a las propuestas de compromiso del PPE-DE, que han desbloqueado
una situación hasta ahora polarizada entre los defensores de una
prohibición inmediata y los partidarios de no poner plazos a la
misma.
Según la portavoz del PP en la comisión
de Medio Ambiente de la Eurocámara, Cristina García-Orcoyen,
este acuerdo es importante, ya que va a permitir que vea por fin la luz
una normativa que conjuga de forma equilibrada la protección de
los animales con la protección del consumidor.
"Era necesario fijar un plazo preciso para prohibir
la experimentación con animales que sirviera de impulso a la industria
cosmética, pero sin menoscabo de la seguridad del producto",
resaltó la eurodiputada, que ha sido autora de la enmienda que ha
desbloqueado la adopción de la directiva.
Para algunos tipos de experimentos, como aquellos en
materia de toxicidad por administración repetida o toxicidad para
la función reproductora, la directiva habilita a la Comisión
Europea para que autorice a las industrias a seguir experimentando con
animales hasta dentro de diez años, siempre que demuestren que no
hay alternativa científica para probar la inocuidad del producto.
Los plazos para que entre en vigor la prohibición
permitirán que "la industria cosmética lejos de ver
en esta directiva una barrera a sus actividades, la interpreten como un
reto y un estímulo para intensificar la investigación y el
desarrollo de nuevos productos, que dejen de ser una amenaza para los animales
-como exige la sociedad- y sean realmente seguros para los consumidores",
concluyó García-Orcoyen.
La prohibición de comercializar productos cosméticos
experimentados sobre animales está teóricamente en vigor
en la UE desde 1998 y fue adoptada en 1993 cuando se modificó por
sexta vez esta directiva. Sin embargo, hasta ahora no ha podido entrar
en vigor debido a la falta de acuerdo sobre la existencia de pruebas alternativas
fiables, que garanticen la seguridad del producto final, y a supuestos
problemas de conformidad con las reglas de la Organización Mundial
de Comercio (OMC) que podría implicar dicha prohibición.
Esta modificación de la directiva contempla también
nuevas normas de etiquetado para mejorar la información facilitada
al consumidor, pero también para evitar que los fabricantes hagan
las pruebas de los productos con animales fuera de la UE, puesto que se
implantará la obligación de mencionar en las etiquetas si
el producto ha sido "probado sobre animales".
La obligación de esta mención estará
en vigor hasta que se introduzca la prohibición de comercialización
de los cosméticos que hayan sido experimentados sobre animales.
De la misma forma, los fabricantes podrán indicar en la etiqueta
de un cosmético si no se han realizado experimentos con animales
durante su elaboración.
Otra de las medidas que prevé la nueva directiva
será la prohibición de utilizar sustancias carcinógenas,
mutágenas o tóxicas en los productos cosméticos y
la prohibición de utilizar fragancias en aquellos destinados a los
niños o a la higiene íntima, así como la obligación
de citar en la etiqueta si el producto contiene alguna fragancia que podría
provocar alergia. Asimismo, los productos, cuya vida media sea inferior
a los treinta meses deberá incluir en la etiqueta una fecha de caducidad.
Fuente: ABC (Madrid, España)
Junio 11, 2002
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