Parlamento Europeo prohibe experimentar los productos cosméticos en animales a partir del 2004

El pleno del Parlamento Europeo aprobó hoy una modificación de una directiva de 1976 sobre fabricación de cosméticos para decretar la prohibición de realizar tests con animales a partir del 2004 y de comercializar productos que hayan sido experimentados en animales cinco años después de la entrada en vigor de la directiva.

El visto bueno de la Eurocámara ha sido posible gracias a las propuestas de compromiso del PPE-DE, que han desbloqueado una situación hasta ahora polarizada entre los defensores de una prohibición inmediata y los partidarios de no poner plazos a la misma.

Según la portavoz del PP en la comisión de Medio Ambiente de la Eurocámara, Cristina García-Orcoyen, este acuerdo es importante, ya que va a permitir que vea por fin la luz una normativa que conjuga de forma equilibrada la protección de los animales con la protección del consumidor.

"Era necesario fijar un plazo preciso para prohibir la experimentación con animales que sirviera de impulso a la industria cosmética, pero sin menoscabo de la seguridad del producto", resaltó la eurodiputada, que ha sido autora de la enmienda que ha desbloqueado la adopción de la directiva.

Para algunos tipos de experimentos, como aquellos en materia de toxicidad por administración repetida o toxicidad para la función reproductora, la directiva habilita a la Comisión Europea para que autorice a las industrias a seguir experimentando con animales hasta dentro de diez años, siempre que demuestren que no hay alternativa científica para probar la inocuidad del producto.

Los plazos para que entre en vigor la prohibición permitirán que "la industria cosmética lejos de ver en esta directiva una barrera a sus actividades, la interpreten como un reto y un estímulo para intensificar la investigación y el desarrollo de nuevos productos, que dejen de ser una amenaza para los animales -como exige la sociedad- y sean realmente seguros para los consumidores", concluyó García-Orcoyen.

La prohibición de comercializar productos cosméticos experimentados sobre animales está teóricamente en vigor en la UE desde 1998 y fue adoptada en 1993 cuando se modificó por sexta vez esta directiva. Sin embargo, hasta ahora no ha podido entrar en vigor debido a la falta de acuerdo sobre la existencia de pruebas alternativas fiables, que garanticen la seguridad del producto final, y a supuestos problemas de conformidad con las reglas de la Organización Mundial de Comercio (OMC) que podría implicar dicha prohibición.

Esta modificación de la directiva contempla también nuevas normas de etiquetado para mejorar la información facilitada al consumidor, pero también para evitar que los fabricantes hagan las pruebas de los productos con animales fuera de la UE, puesto que se implantará la obligación de mencionar en las etiquetas si el producto ha sido "probado sobre animales".

La obligación de esta mención estará en vigor hasta que se introduzca la prohibición de comercialización de los cosméticos que hayan sido experimentados sobre animales. De la misma forma, los fabricantes podrán indicar en la etiqueta de un cosmético si no se han realizado experimentos con animales durante su elaboración.

Otra de las medidas que prevé la nueva directiva será la prohibición de utilizar sustancias carcinógenas, mutágenas o tóxicas en los productos cosméticos y la prohibición de utilizar fragancias en aquellos destinados a los niños o a la higiene íntima, así como la obligación de citar en la etiqueta si el producto contiene alguna fragancia que podría provocar alergia. Asimismo, los productos, cuya vida media sea inferior a los treinta meses deberá incluir en la etiqueta una fecha de caducidad.

Fuente: ABC (Madrid, España)
Junio 11, 2002