Mensaje velado a la Justicia

Una entidad ecologista logró el fallo favorable de la Justicia para que se evalúe en Ricardone el impacto de la contaminación provocado por el Relleno Sanitario en el agua y el suelo. Pero autoridades comunales y municipales de la zona metropolitana del Gran Rosario que envían allí su basura, se oponen a la concreción del mismo por temor al cierre del basural.

Los vecinos de Ricardone vienen levantando sus voces desde hace años, denunciando y reclamando a través de los distintos medios la situación por la que atraviesan, reiterado que conviven a diario con el mal olor y la contaminación que genera el Relleno Sanitario perteneciente a la empresa Resicom Ingeniería Ambiental S.R.L. Tal como ya expusimos en una nota publicada en la edición Nº 121 de este medio, la “Asociación Amigos de la Costa” de San Lorenzo (ONG sin fines de lucro), detallando las graves condiciones en que se encuentra el basural de Ricardone y el daño que éste provoca a la población, realizó un petitorio a la Justicia por violación de la Constitución Nacional, de la Ley Nacional de Medio Ambiente Nº25.675 y de la Ley Provincial de Medio Ambiente Nº11.717. La medida exigía el cierre del Relleno Sanitario en cuestión, dentro de un plazo razonable, previa investigación y aseguramiento de pruebas por parte de la Justicia: examen de la tierra y el agua de la zona para corroborar las denuncias de los vecinos.

El mes pasado, la Justicia falló a favor de la entidad ecologista. Pero en la medida en que esto le cerraría las puertas a Rosario y a otras localidades vecinas que a diario depositan allí sus residuos, las autoridades municipales y comunales en cuestión se dispusieron a defender el Relleno Sanitario de Ricardone, anteponiendo sus propios intereses por sobre la salud y el derecho de la población aledaña de gozar de un medio ambiente no contaminado. Cinco intendentes y cinco presidentes comunales suscribieron una nota dirigida a la Jueza interviniente en la causa de contaminación, en apoyo del Relleno Sanitario de Ricardone: el intendente de Rosario (Miguel Lifschitz), de Granadero Baigorria (Daniel Alberto Lioy), de Capitán Bermúdez (Dr. Fabián Varela), de Puerto General San Martín (Carlos A. De Grandis), de Fray Luis Beltrán (Sr. Alejandro Fraga), de la comuna de Luis Palacios (E. Biyovich), de San Jerónimo Sud (Marcelo Cisana), de Aldao (Rubén R. Pelosi), de Pujato (Sr. Mario José Gatti) y de la comuna de Ricardone (Sr. Fabián A. Acosta).

La razón es clara: “en el hipotético caso de hacerse lugar a la medida solicitada y prohibirse temporalmente el vertido de los residuos sólidos urbanos en el sitio mencionado, se ocasionaría una situación de emergencia sanitaria y ambiental para todas estas localidades”, expresan en la carta.

¿Qué hacer entonces?, ¿seguir escondiendo la basura debajo de la alfombra de Ricardone y desacreditar los daños ambientales y los perjuicios ocasionados a los vecinos del lugar? No deja de ser paradójico que a los cinco intendentes y jefes comunales les preocupe más evitar que se produzca un problema en sus municipios que subsanar la contaminación. ¿Quiénes son, entonces, los encargados de velar por los intereses de los ciudadanos? Luego de esta declaración, no cabe lugar a dudas que entidades como “Amigos de la Costa” son las únicas interesadas en la salud de los habitantes y la protección del medio ambiente. ¿Quién pagará por las consecuencias producidas a los lugareños? Cabe aclarar que si ya las montañas de basura doméstica enviada desde la zona del Gran Rosario constituyen un problema, también se habla de residuos tóxicos en connivencia con aquellos. Los barcos manipulan una gran cantidad de productos químicos, aceites y carburantes, y pese a la prohibición de arrojar sus residuos en este relleno, efectúan allí el vaciado de los mismos, de acuerdo a testimonios de vecinos.

Antes de suscribir el escrito presentado, el jefe comunal de Ricardone, Sr. Fabio Acosta, ¿habrá recordado que a raíz de una solicitud de vecinos tiene la obligación de llamar a plebiscito, algo que debió realizarse en octubre del 2005? Éste fue solicitado para la aprobación de una ordenanza que limitara la operatoria de relleno sanitario, pero previendo un resultado adverso, nunca fue llevado a cabo.

El jefe comunal de Pujato, Mario José Gatti, ¿tendrá presente que hace pocas semanas aprobó una ordenanza autorizando un relleno sanitario cercano a esa localidad, y a raíz de un levantamiento masivo de vecinos tuvo que revocar dicha autorización? ¿Con qué fundamento y autoridad defiende entonces un relleno sanitario fuera de su jurisdicción?.

¿Pueden los intendentes de Capitán Bermúdez, Puerto General San Martín, Granadero Baigorria y Fray Luis Beltrán salir en defensa de un Relleno Sanitario que al decir de sus vecinos los tienen saturados de olores cuando el viento sopla en esas direcciones?

¿Cuál es el significado de esta carta?, ¿se estará intentando dejar sentada una posición que pueda tener incidencia en la Justicia?

Evidentemente, con esa petición los intendentes y jefes comunales han perdido el norte del planteo. Lo único que solicitó la entidad ecologista de San Lorenzo es que, si se determina que existe contaminación que pueda afectar a los seres vivos, se paralice el relleno sanitario hasta tanto se subsane como corresponde. ¿Es esta petición un delito? Seguramente en los próximos días, acostumbrados a doblar las apuestas en política, los firmantes embestirán contra la ONG peticionante. Mientras tanto el peligro de contaminación subsiste y la población de Ricardone seguirá el eterno peregrinaje de lucha para que se respeten sus derechos a vivir en forma saludable.
(cuadro color)

Desentendidos

En julio del 2003 el entonces secretario de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de Santa Fe, Aníbal Vázquez, aseguró -basado en cuestiones técnicas- que el relleno sanitario de Ricardone estaba desbordado y por lo tanto debía volver a su capacidad original estimada en 80 toneladas. Miguel Lifschitz, coordinador general de gabinete durante la intendencia de Binner, señaló que el relleno sanitario de Ricardone era “uno de los mejores de la provincia”. “Es impecable y cumple con todos los requisitos exigidos por la legislación vigente. Me parece que la provincia se pasó de la raya", respondió en aquel momento al pedido de Vázquez. Binner, por su parte, había manifestado con ironía: "No es mala idea tirar la basura en la oficina de Medio Ambiente". Hoy el actual intendente rosarino sigue consensuando aquella decisión de negar el daño ambiental y pretende seguir enviando a Ricardone casi 800 toneladas diarias de la basura generada en la ciudad.


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Muerte de un niño

En el año 2000, una familia de cartoneros de Fray Luis Beltrán sufrió una tragedia en el Relleno Sanitario de Ricardone cuando éste carecía de alambrado perimetral que impidiera la entrada de personas. El niño Pablo Ezequiel Aguilar, de dos años y medio, falleció en el lugar a causa de vómitos. Así lo especificaron las pruebas forenses: “muerte por ahogo producido por vómitos”. Lo que no se dijo fue que el niño había emanado los gases tóxicos del basural. Posteriormente se inició la demanda en San Lorenzo por cobro de 120.000 dólares. Pero los padres del niño -aunque cueste creerlo- anularon la causa por 4 chapas y 300 ladrillos, revocándole el poder al abogado demandante.
(ampliaremos en la próxima edición)

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Carta dirigida a la Jueza interviniente en la Causa
3 de octubre de 2006

Sra Jueza:

Los que suscriben, Intendentes y Presidentes de Comuna de localidades que realizan la disposición final de sus residuos sólidos urbanos en el Relleno Sanitario perteneciente a la empresa Resicom Ingeniería Ambiental S.R.L, ante la situación planteada por la presentación judicial por ley Nº10.000, realizada por la Asociación Civil Amigos de la Costa contra la Comuna de Ricardone y Resicom Ingeniería Ambiental S.A, desean manifestar lo siguiente:

1. Todas las localidades que suscriben realizan la disposición final de los residuos Sólidos Urbanos en el Relleno Sanitario perteneciente a la empresa Resicom Ingeniería Ambiental S.R.L, ya que el mismo dispone de todos los permisos y habilitaciones requeridas, tanto a nivel provincial como comunal. Es de destacar que cuenta con la Evaluación de Impacto Ambiental aprobada por la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Santa Fe y que es objeto de inspecciones periódicas realizadas por dicha Secretaría de Estado, que garantizan que las operaciones llevadas a cabo en el Relleno Sanitario son las correctas para este tipo de emprendimiento y que se encuentran realizadas conforme a la normativa vigente.
2. Que el Relleno Sanitario de la Empresa Resicom Ingeniería Ambiental S.R.L es el único de la Provincia de Santa Fe que cuenta con una planta de tratamiento para la totalidad de los líquidos lixiviados generados en el mismo.
3. Que en el hipotético caso de hacerse lugar a la medida solicitada y prohibirse temporalmente el vertido de los residuos sólidos urbanos en el sitio mencionado, se ocasionaría una situación de emergencia sanitaria y ambiental para todas estas localidades, al producirse un perjuicio mayor a los supuestos intereses que se pretende proteger con esta medida, no disponiéndose en la zona de otro sitio habilitado para la disposición final de los residuos generados por más de 1.100.000 habitantes.

Fuente: 30N
Octubre 20, 2006