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LO PIDIÓ EL LEGISLADOR FERNANDO RÚA
ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS NATURALES Y MEDIO AMBIENTE
DE CHUBUT
Solicitan informe sobre los estudios de impacto ambiental que se realizaron
en la zona costera
El diputado provincial por la Unión Cívica Radical Fernando
Rúa le solicitó a la Dirección General de Recursos
Naturales y Medio Ambiente de la Provincia del Chubut –mediante
una presentación efectuada ante la Legislatura- un pedido de informe
sobre los estudios de impacto ambiental que se realizaron ante las distintas
inversiones que efectuaron recientemente sobre la zona costera de la
ciudad de Puerto Madryn.
El legislador madrynense cuestionó nuevamente
la falta de estudios de impacto ambiental en muchos de los emprendimientos
que se encuentran
ubicados en el frente costero de la ciudad de Puerto Madryn. “Ningún
emprendimiento costero se llevó adelante pasando por el filtro
de la ley. Acá se construyeron hoteles y restaurantes sobre la
zona de médanos, sin que mediara ningún estudio de impacto
ambiental”, afirmó Fernando Rúa.
“Se trata de un hecho grave porque no se habría respetado lo que
establece el Código Ambiental de la Provincia del Chubut, modificándose
en la mayoría de los casos el medio ambiente local. La normativa
que está en vigencia establece los mecanismos de control. Si nosotros
permitimos que se deteriore la naturaleza, de nada nos va a servir todo
lo que se pueda construir. Esta misma situación se ha registrado
en distintas partes del mundo, donde el deterioro del paisaje costero
es irreversible. Nuestro principal recurso es la naturaleza, bienvenidas
sean entonces todas las inversiones; pero que respeten el ecosistema
local”, expresó el legislador Fernando Rúa.
¿Qué son los estudios de impacto ambiental?
Los estudios de impacto ambiental se han constituido en una herramienta
indispensable para la validación de aquellas intervenciones que
puedan afectar la calidad del medio. Así, cada vez con mayor frecuencia,
se exige la presentación de estos estudios como requisito para
la aprobación de tales proyectos.
Se entiende por impacto ambiental
a cualquier cambio neto, positivo o negativo, que se provoca sobre
el medio ambiente como consecuencia, directa
o indirecta, de acciones antrópicas (acciones del hombre) que
puedan producir alteraciones susceptibles de afectar la salud y la
calidad de vida, la capacidad productiva de los recursos naturales
y los procesos
ecológicos esenciales.
En la actualidad existe en el Congreso
Nacional un proyecto de reforma al Artículo 41 de la Constitución
Nacional, que establece que todos los habitantes gozan del derecho
a un ambiente sano, equilibrado,
apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas
satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones
futuras; y se tiene el deber de preservarlo. El daño ambiental
generará prioritariamente la obligación de recomponer,
según lo establezca la ley.
Las autoridades proveerán
a la protección de este derecho,
a la utilización racional de los recursos naturales, a la
preservación
del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica
y a la información y educación ambientales.
Corresponde
a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos
mínimos de protección y a las provincias, las necesarias
para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones
locales.
Cualquier norma que se dicte en consecuencia de los derechos establecidos
en los párrafos anteriores deberá contar con un estudio
de impacto ambiental realizado previamente en el poder del Estado, del
que emane y deberá tener en miras los efectos que producirá en
la diversidad biológica, a fin de evitar los que sean adversos
a la misma. Asimismo, se garantiza la participación de la población
afectada en la confección de dichos estudios.
Fuente: Diario de Madryn (Argentina)
Mayo 22, 2006
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