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Las condiciones para inyectar CO2 en el subsuelo
oceánico se fijarán en noviembre
Madrid, 9 jul (Abc).- Las tecnologías para la captura y almacenamiento
de dióxido de carbono ya están aquí y empresas e
instituciones de investigación están formando consorcios
para poder llevar estas tecnologías a la práctica comercial.
Si bien la captura del gas en las plantas de producción no plantea
problema alguno, el almacenamiento en formaciones geológicas profundas
oceánicas plantea reservas por motivos de seguridad y por el impacto
sobre el medio marino. El Convenio de Londres de prevención de
la contaminación marina por el vertido de desechos y otras materias
es, por tanto, el órgano máximo para establecer en qué condiciones
debe hacerse.
En la reunión del grupo científico de este convenio internacional,
del que son parte 82 países, que tuvo lugar hace unas semanas
en Santiago de Compostela se acordaron unas directrices para la inyección
de CO2 en el subsuelo marino. El documento, al que ha accedido este diario,
deberá discutirse en la reunión de las Partes del Convenio
que se celebrará en Londres el próximo mes de noviembre,
si bien «la unanimidad alcanzada a nivel científico hace
previsible su aprobación», confirmó a ABC el presidente
de este convenio, el español Víctor Escobar.
Riesgos Asociados
El documento aprobado por el grupo científico reconoce que «los
riesgos asociados con el secuestro de dióxido de carbono en formaciones
geológicas del subsuelo marino incluyen aquellos derivados de
un escape al medio marino de CO2 y de otras sustancias que contenga ese
flujo o sean movilizadas por él». Por este motivo, una de
las condiciones es que el CO2 no contenga impurezas, salvo las trazas
de algunas sustancias químicas que se le añaden para inyectarlo.
Para ello se exige un análisis del flujo a inyectar que incluya
origen, cantidad, forma y composición; propiedades físicas
y químicas; toxicidad, persistencia y potencial de bioacumulación.
El estudio geológico de la zona donde se pretenda inyectar, además
de aspectos como el emplazamiento tectónico, la capacidad de almacenamiento
y la permeabilidad de la formación geológica, debe incluir
una modelización de la estructura de al menos 10.000 años
para asegurar la estanqueidad. Asimismo, se exigen un sistema de vigilancia
de la zona para el caso hipotético de que se produjera una fisura
y un programa de mitigación y remedio de esos posibles daños.
Si se cumplen estos requisitos se expedirá el permiso, que será revisado
periódicamente.
«Los permisos los da el país donde está localizada
la estructura desde donde se va a inyectar. O sea, en aguas territoriales
de Noruega sería Noruega. Al ser una actividad recogida por el
Convenio, el país que dé el permiso tendrá que informar
al Convenio mediante un formato, que todavía no está acordado,
para que se incluya en las bases de datos sobre vertimiento», explica
Escobar.
Éstas son en líneas generales las directrices que marca
el convenio de Londres para la seguridad de la inyección de dióxido
de carbono en el subsuelo oceánico. Ahora bien, lo primero que
advierte el grupo científico en su informe es que para realizar
esta actividad antes deben quedar descartadas otras opciones, como el
almacenamiento geológico terrestre.
En el mar del norte
En este sentido, Escobar explica que la inyección en el subsuelo
oceánico «sólo se ha hecho a nivel experimental en
el mar del Norte, mientras que en tierra sí hay experiencias más
consolidadas, por ejemplo en Argelia, EE.UU, Australia o Canadá».
Eso sí, matiza el presidente del Convenio de Londres, «siempre
sin olvidar que el petróleo y el gas se han mantenido secuestrados
en esas estructuras geológicas oceánicas durante millones
de años».
También se advierte de que estas directrices deben ser consideradas «dentro
del contexto de la necesidad de reducir las emisiones de gases de efecto
invernadero». Por tanto, no pueden servir de salvoconducto para
no tomar medidas de mitigación del cambio climático.
No obstante, para que un país pueda descontarse emisiones utilizando
esta tecnología es necesario que sea aceptada como Mecanismo de
Desarrollo Limpio dentro del Protocolo de Kioto. Para Teresa Ribera,
directora de la Oficina Española de Cambio Climático, «la
captura y almacenamiento de CO2 puede contribuir a reducir los costes
de estabilización de las concentraciones de dióxido de
carbono en un 30% o más». El almacenamiento en formaciones
ecológicas puede llegar a suponer del 15 al 55% del total de la
reducción de emisiones requeridas hasta el año 2100 para
poder estabilizar las concentraciones de gases de efecto invernadero
en la atmósfera.
Países como Noruega, Canadá, Australia y Japón
-«pioneros en esta tecnología», dice Ribera- así como
países africanos receptores de la misma, como Nigeria y Argelia,
defienden la importancia de aceptar estos proyectos dentro del Mecanismo
de Desarrollo Limpio.
Ribera explica que «ante la falta de consenso, la Junta Ejecutiva
del Mecanismo de Desarrollo Limpio ha establecido una moratoria»,
para analizar el asunto y llegar a un acuerdo en la próxima Conferencia
de las Partes del Protocolo de Kioto, a celebrar en diciembre en Bali.
El almacenamiento de CO2 es uno de los asuntos más trascendentes
en la agenda de negociación internacional.
Fuente: ABC
Julio 9, 2007
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