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La UE prohíbe el plomo, el cromo,
el mercurio y el cadmio en ordenadores y móviles por motivos
de salud
Los fabricantes de electrodomésticos
y otros aparatos electrónicos como ordenadores y teléfonos
móviles no pueden comercializar desde el pasado sábado
en la UE sus productos si incluyen seis sustancias tóxicas,
entre las que figuran el plomo, el cromo, el cadmio y el mercurio,
en virtud de una nueva ley que los prohíbe por motivos de
salud, a pesar de que se podrán seguir vendiendo los aparatos
que fueron puestos en el mercado antes de esta fecha, indicaron
fuentes comunitarias.
El plomo, el cadmio, el mercurio y el cromo hexavalente,
así como dos grupos de retardadores bromados de fuego --el
bifenilo policlorado y el éter de bifenilo polibromado--
son las sustancias que desde el sábado no podrán incluir
aparatos electrodomésticos y otros electrónicos debido
a que son considerados perjudiciales para la salud por parte de
la UE.
Esta disposición se incluye en la directiva
sobre restricciones en sustancias de riesgo que fue aprobada en
2003 y que todos los Estados miembros han transpuesto a sus legislaciones
nacionales. Entrará en vigor mañana y afectará
a la composición de una amplia gama de aparatos e instrumentos
para cuyo uso es necesaria la red eléctrica.
Entre ellos, la Comisión señaló
electrodomésticos caseros, equipamiento de comunicaciones
--incluidos ordenadores personales y teléfonos móviles--,
así como instrumentos eléctricos, juguetes o artículos
de iluminación.
El objetivo de la directiva es eliminar de la
composición de ciertos aparatos electrónicos sustancias
que suponen un riesgo para la salud humana y para el medio ambiente.
Por ejemplo, la Comisión indicó en un comunicado que
el plomo y el mercurio 'pueden afectar al cerebro y al sistema nervioso
y son particularmente peligrosos para las mujeres embarazadas y
para los niños pequeños'.
Por su parte, los retardadores bromados de fuego
'pueden dañar el sistema reproductivo humano, podrían
transformarse en altamente tóxicos y provocar tumores'. Estos
compuestos también son 'tóxicos en ecosistemas acuáticos,
donde también se acumulan y persisten'.
COMERCIALIZACIÓN
La entrada en vigor de esta directiva supone que
los fabricantes de esta clase de productos --tanto en la UE como
en países terceros-- no podrán introducirlos en la
cadena comercial de los Estados miembros. Sin embargo, fuentes comunitarias
apuntaron que los aparatos que se venden al minorista, por ejemplo,
no tendrán que estar exentos de los componentes de riesgo
a partir del 1 de julio, puesto que se permitirá la venta
de los artículos fabricados en virtud de la antigua norma
que ya hayan sido incluidos en la cadena comercial.
De esta forma, sólo podrán adquirirse
productos con estas sustancias que se pusieron en el mercado antes
de la entrada en vigor de la directiva y las fuentes apuntaron que
la responsabilidad de velar por que no sean aparatos de fabricación
posterior corresponderá a las empresas encargadas de comercializar
estos productos, ya sea como distribuidores o como detallistas.
Fuentes comunitarias indicaron, no obstante, la
posibilidad de que los fabricantes demanden una derogación
del cumplimiento de estas normas a la Comisión hasta que
sean capaces de hallar métodos alternativos para hacer funcionar
los aparatos, pero sin las sustancias prohibidas.
La Comisión ya ha estudiado 'ciertas' de
estas demandas y las fuentes admitieron que es cierto que en 'en
el campo de la electrónica no se puede lograr una eliminación
total de un día para otro porque hay aplicaciones que simplemente
no pueden funcionar y hay que adaptarlas'.
Explicó que el Ejecutivo comunitario estudia
concienzudamente cada demanda, particularmente para asegurarse de
que no hay alternativa al empleo de estas sustancias. Sin embargo,
advirtió de que no existen provisiones legales en la nueva
ley para permitir que una empresa siga fabricando artículos
con las sustancias durante el periodo de estudio de su demanda de
derogación.
Fuente: Terra Actualidad - Europa Press
Julio 05, 2006
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