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La UE prohíbe el plomo, el cromo, el mercurio
y el cadmio en ordenadores y móviles por motivos de salud
Los fabricantes de electrodomésticos y otros aparatos electrónicos
como ordenadores y teléfonos móviles no pueden comercializar
desde el pasado sábado en la UE sus productos si incluyen seis
sustancias tóxicas, entre las que figuran el plomo, el cromo,
el cadmio y el mercurio, en virtud de una nueva ley que los prohíbe
por motivos de salud, a pesar de que se podrán seguir vendiendo
los aparatos que fueron puestos en el mercado antes de esta fecha, indicaron
fuentes comunitarias.
El plomo, el cadmio, el mercurio y el cromo hexavalente, así como
dos grupos de retardadores bromados de fuego --el bifenilo policlorado
y el éter de bifenilo polibromado-- son las sustancias que desde
el sábado no podrán incluir aparatos electrodomésticos
y otros electrónicos debido a que son considerados perjudiciales
para la salud por parte de la UE.
Esta disposición se incluye en la directiva sobre restricciones
en sustancias de riesgo que fue aprobada en 2003 y que todos los Estados
miembros han transpuesto a sus legislaciones nacionales. Entrará en
vigor mañana y afectará a la composición de una
amplia gama de aparatos e instrumentos para cuyo uso es necesaria la
red eléctrica.
Entre ellos, la Comisión señaló electrodomésticos
caseros, equipamiento de comunicaciones --incluidos ordenadores personales
y teléfonos móviles--, así como instrumentos eléctricos,
juguetes o artículos de iluminación.
El objetivo de la directiva es eliminar de la composición de
ciertos aparatos electrónicos sustancias que suponen un riesgo
para la salud humana y para el medio ambiente. Por ejemplo, la Comisión
indicó en un comunicado que el plomo y el mercurio 'pueden afectar
al cerebro y al sistema nervioso y son particularmente peligrosos para
las mujeres embarazadas y para los niños pequeños'.
Por su parte, los retardadores bromados de fuego 'pueden dañar
el sistema reproductivo humano, podrían transformarse en altamente
tóxicos y provocar tumores'. Estos compuestos también son
'tóxicos en ecosistemas acuáticos, donde también
se acumulan y persisten'.
COMERCIALIZACIÓN
La entrada en vigor de esta directiva supone que los fabricantes de
esta clase de productos --tanto en la UE como en países terceros--
no podrán introducirlos en la cadena comercial de los Estados
miembros. Sin embargo, fuentes comunitarias apuntaron que los aparatos
que se venden al minorista, por ejemplo, no tendrán que estar
exentos de los componentes de riesgo a partir del 1 de julio, puesto
que se permitirá la venta de los artículos fabricados en
virtud de la antigua norma que ya hayan sido incluidos en la cadena comercial.
De esta forma, sólo podrán adquirirse productos con estas
sustancias que se pusieron en el mercado antes de la entrada en vigor
de la directiva y las fuentes apuntaron que la responsabilidad de velar
por que no sean aparatos de fabricación posterior corresponderá a
las empresas encargadas de comercializar estos productos, ya sea como
distribuidores o como detallistas.
Fuentes comunitarias indicaron, no obstante, la posibilidad de que los
fabricantes demanden una derogación del cumplimiento de estas
normas a la Comisión hasta que sean capaces de hallar métodos
alternativos para hacer funcionar los aparatos, pero sin las sustancias
prohibidas.
La Comisión ya ha estudiado 'ciertas' de estas demandas y las
fuentes admitieron que es cierto que en 'en el campo de la electrónica
no se puede lograr una eliminación total de un día para
otro porque hay aplicaciones que simplemente no pueden funcionar y hay
que adaptarlas'.
Explicó que el Ejecutivo comunitario estudia concienzudamente
cada demanda, particularmente para asegurarse de que no hay alternativa
al empleo de estas sustancias. Sin embargo, advirtió de que no
existen provisiones legales en la nueva ley para permitir que una empresa
siga fabricando artículos con las sustancias durante el periodo
de estudio de su demanda de derogación.
Fuente: Terra Actualidad - Europa Press
Julio 05, 2006
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