|
La Unión Europea aprueba el Reglamento
sobre petroleros de doble casco
La medida, que había sido adoptada por el Parlamento
europeo, en primera lectura, impedirá que petroleros monocasco transportando
petróleos y fueles entren en puertos europeos
El Consejo de Ministros europeos acaba de aprobar el Reglamento de petroleros
de doble casco. Este Reglamento, una vez firmado por los Presidentes del
Consejo y del Parlamento europeo, se publicará en el Diario Oficial
de la Comunidad europea y entrará en vigor a los veinte días
de su publicación.
Con esta decisión la Unión Europea se dota de un importante
instrumento jurídico que mejorará la seguridad de la navegación
y la protección del medio ambiente marino, ya que impedirá,
una vez entre en vigor, que petroleros monocasco, transportando petróleos
y fueles pesados, entren en puertos europeos.
Este Reglamento supone el cumplimiento de uno de los Acuerdos adoptados
en las Conclusiones del Consejo europeo de Transportes del pasado 6 de
diciembre de 2002, adoptados, asimismo, a iniciativa de España.
En lo que se refiere al proyecto de reglamento sobre buques de doble
casco, sus aspectos más relevantes son los siguientes:
Prohibición de entrar/salir de puertos o terminales, así
como de fondear en aguas bajo la jurisdicción de un Estado miembro
a petroleros monocasco cualquiera sea su pabellón, que transporten
petróleo pesado. En consecuencia, estos productos sólo podrán
ser transportados en buques de doble casco.
Definición de petróleo crudo pesado y fuel pesado entendiendo
por crudo pesado aquel cuyo grado API, sea inferior a 25,7. En cuanto a
fuel pesado se define éste como aquel cuya viscosidad cinemática
sea superior a 180 centistoques (cst).
Los buques petroleros del tipo del "Prestige" que transporten
productos petrolíferos no pesados no podrán entrar en puertos
europeos a partir del año 2005.
El resto de los petroleros monocasco que reúnan mayores condiciones
de seguridad dejarán de entrar en puertos europeos transportando
productos petrolíferos no pesados en 2010, si bien estos buques
deberán de pasar un control de evaluación rigurosa a partir
de 2005, cuando tengan 15 o más años de antigüedad,
para entrar en un puerto español
Los buques petroleros monocasco de bandera de un Estado miembro de la
Unión Europea y que realicen transporte de petróleo, pesado
o no, si entrar en puertos de Estados de la Unión Europea están
igualmente, sujetos al mismo calendario señalado anteriormente.
El Reglamento también contempla la retirada de los buques monocasco
que transporten este tipo de petróleos y sean de capacidad más
reducida, de 600 5000 toneladas de peso muerto (gabarras). Con el fin de
conciliar el abastecimiento de petróleo con las capacidades de construcción
de los astilleros, a este tipo de embarcaciones se les da un periodo transitorio,
hasta el 2008, para renovar esa flota.
Fuente: Gesocopio
Julio 28 de 2003
|