Es realidad la promoción y uso de energías renovables

El Poder Ejecutivo santafesino promulgó dos leyes que favorecerán el establecimiento de nuevas inversiones en esta materia, las radicaciones gozarán de beneficios impositivos durante 15 años.

Las ventajas impositivas que brinda la provincia de Santa Fe para la instalación de plantas de biodiesel ya tienen una herramienta legal que ayudará a concretar nuevas inversiones de este tipo, entre ellas, exenciones tributaritarias durante un plazo de 15 años.

En ese sentido, el Poder Ejecutivo promulgó dos leyes que regulan la promoción, investigación, la producción y el uso sustentable de energías alternativas.

Por un lado, el gobernador Obeid promulgó la ley Nº 12.691, sancionada por la Legislatura santafesina, por la cual se adhiere a la ley nacional 26.093, que es el Régimen de Regulación y Promoción para Producción y Uso sustentable de Biocombustibles.

Al respecto, dicha norma establece que la autoridad de aplicación, establecida por el Poder Ejecutivo –según la Ley de Ministerios–, “producirá y elevará un informe anual a la Legislatura provincial conteniendo las actuaciones realizadas en el ejercicio del cumplimiento de ley, sujetos intervinientes, proyectos con beneficios promocionales y todo aquello que se considere necesario para un efectivo control del desarrollo de la actividad”.


Una alternativa ecológica

Por otra parte, Jorge Obeid promulgó la ley 12.692, que dispone “el régimen promocional para la investigación, desarrollo, generación, producción y uso de productos relacionados con las energías renovables no convencionales”.

Es decir, todas aquellas que se producen de manera natural, en forma inagotable y sin ocasionar perjuicio al equilibrio ambiental. Por ejemplo, la energía solar fotovoltaica (es la que mediante tecnología apropiada permite transformar la energía lumínica del sol en energía eléctrica), la energía solar térmica y la pasiva, la energía eólica (utilización del viento) de alta y baja potencia y la biomasa (que es la energía producida de residuos vegetales o cultivos especiales).

También, el biogás (que surge del tratamiento anaeróbico de residuos sólidos o líquidos orgánicos de origen industrial, rural, de servicios y domésticos), la energía geotérmica (que es la que permite aprovechar el potencial térmico interior del globo terráqueo), el biocombustible y la mini-hidráulica (que permite aprovechar el potencial de pequeños cursos de agua).

Asimismo, se estipula que la autoridad de aplicación –a designar por el Poder Ejecutivo– establecerá los alcances, prioridades de radicación y las condiciones de habilitación, con preferencia a la producción de biogás, de biocombustibles y derivados oleoquímicos en el territorio santafesino.


Atraer más capitales


Los beneficios serán para los proyectos de radicación industrial que produzcan las mencionadas energías o las industrias ya instaladas con el mismo propósito, para la ampliación de su capacitada productiva y/o mayor absorción de mano de obra.

De todas maneras, hay que cumplir con una serie de requisitos, como que las empresas se radiquen o se encuentren de antes en el territorio de la provincia.

A su vez, que sean propiedad de emprendedores, sociedades comerciales, privadas, públicas o mixtas, constituidas en el país, habilitadas por la autoridad de aplicación con exclusividad para el desarrollo de la actividad promocionada.

Incluso, que se integren en un mismo proceso todas o algunas de las etapas industriales para la obtención de materias primas renovables y que estén en condiciones de producir aerogeneradores, paneles solares, colectores solares, cocinas y hornos solares, biodigestores, biogás, biocombustibles, derivados oleoquímicos, conversores de energía y productos a través de secaderos solares.

Por ello, los sujetos que cumplan con las condiciones establecidas gozarán de los beneficios promocionales de exención y/o reducción y/o diferimiento de tributos provinciales, según lo establezca la reglamentación, por el término de 15 años contados a partir de la fecha de puesta en marcha del proyecto respectivo, la que deberá ser certificado por la autoridad de aplicación.

En tanto, los tributos alcanzados por este régimen promocional serán: el impuesto a los Ingresos Brutos, el Impuesto de Sellos, el impuesto Inmobiliario y el impuesto a la Patente Única Sobre Vehículos o aquellos tributos que lo sustituyan en el futuro.


Fuente: Diario Uno-ei
Dic 18, 2006