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Reducción del contenido de azufre en gasolinas y gasóleos
de automoción
Ha sido aprobado un Real Decreto por el que se fijan las especificaciones
de gasolinas, gasóleos, fuelóleos y gases licuados del
petróleo (propano y butano) que se encontraban hasta ahora dispersas
en varios Reales Decretos y Ordenes Ministeriales, por lo que se hacía
aconsejable la recopilación de todas ellas en una sola disposición.
El Real Decreto establece, además, por primera vez, las especificaciones
de los gases licuados del petróleo (GLP''s) de automoción.
sobre el uso sostenible del agua Ha sido aprobado un Real Decreto sobre
ozono que tiene por objetivo evitar, prevenir y reducir los efectos
nocivos del ozono troposférico sobre la salud humana y el medio
ambiente en general.
Reducción del contenido de azufre
Por otra parte, se transpone al ordenamiento jurídico español
una Directiva comunitaria de 3 de marzo de 2003, en la que se establecen
las especificaciones requeridas a los carburantes de automoción
-gasolinas y gasóleo de automoción- a partir del 1 de enero
de 2005 y del 1 de enero de 2009, contemplando, esencialmente, una importante
reducción en el contenido de azufre de los citados carburantes,
que se concreta en la fijación de un máximo de 50 mg/Kg
para 2005 y de 10 mg/Kg a partir del 1 de enero de 2009 para ambos productos,
lo que redundará beneficiosamente en el impacto ambiental de la
emisión de gases de los vehículos a la atmósfera.
Igualmente, y habida cuenta de la importancia creciente de la utilización
de biocarburantes en el sector del transporte, se contemplan en el Real
Decreto las especificaciones requeridas tanto al bioetanol como al biodiesel
para su consumo en mezclas con gasolinas y gasóleo de automoción.
Al mismo tiempo, este Real Decreto transpone otra Directiva comunitaria,
de 8 de mayo de 2003, relativa al fomento del uso de los biocarburantes
en el transporte.
Con la entrada en vigor de este Real Decreto se da un nuevo e importante
paso en las actuaciones que se están llevando a cabo por el Ministerio
de Economía en defensa del medio ambiente y se completan las anteriores
disposiciones que regulaban el contenido máximo de azufre de los
productos petrolíferos contemplados en este Real Decreto
Fuente: Geoscopio (Madrid, España)
Enero 7, 2004
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