Entrevista realizada a Marcelo Silva Croome, Inspector a cargo del área de fiscalización de la Dirección de Fauna y Flora silvestre

Eco2site: ¿Quiénes se encargan de la fiscalización?
Fauna y Flora:
La Dirección de Fauna y Flora Silvestre es la que se ocupa de la fiscalización del tráfico de fauna. Esta antes pertenecía a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca pero en el año 92, cuando se crea la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, se transfiere. En ese momento se formó el grupo de fiscalización y hasta ahora estamos trabajando en forma muy activa. En los últimos años, en relación a las década del 70/80 y hasta mediados de los 90s, han bajado mucho los niveles de contrabando en el mercado interno, pero la problemática sigue existiendo. El tráfico se focaliza por épocas ya que esta ligado a la moda. Por ejemplo, en los últimos años, por cuestiones presupuestarias e internacionales, el tráfico de cueros y pieles ha bajado muchísimo porque bajo la demanda.

E: ¿Cómo se fiscaliza el comercio ilegal internacional?
FyF:
El comercio internacional esta regulado por un organismo llamado CITES, Convención internacional para el comercio de fauna y flora amenazada, organización que depende de Naciones Unidas, creada en el año 1971 y a la que están adheridos más de 150 países. La convención CITES contiene tres apéndices de los cuales dos son los de más importancia. En uno se encuentran las especies que tienen total prohibición de comercialización, que son las que están en peligro de extinción, y en el otro aquellas que pueden ser comercializadas pero con regulaciones.
Este organismo se reúne cada dos años en alguna ciudad del mundo donde concurren delegados de los países que la conforman, allí se tratan variedad de temas, por ejemplo la inclusión de algunas especies dentro de estos apéndices, el cambio de una especie de un apéndice a otro, distintos tipos de prohibiciones, todo lo que tiene que ver con el comercio internacional.

E: ¿Cómo se manejan al detectar tráfico que proviene de otro país?
FyF:
Cuando se detectan en un país animales provenientes de otro país, mas allá de que se le aplica la ley correspondiente, se suele dar aviso al país del cuál provenga el animal, esto sucede cuando se puede determinar el país del que proviene y se realiza para que el otro país tome las medidas necesarias. Si se tienen datos del traficante que hizo la transacción también se informa. Este tipo de trabajo se realiza y existe un mecanismo para hacer estas detecciones.
Los controles en contra del contrabando son dos: una fuerza federal de apoyo más una fuerza administrativa, uno es el control aduanero de los dos países, que a su vez tiene su propia policía, y el otro es el control de gendarmería. Estas dos fuerzas básicamente son las dos más importantes en lo que es la parte de ingreso o egreso de fauna en un país.
El tema del tráfico fronterizo en nuestro país es bastante complicado, porque Argentina tiene fronteras muy grandes y mucha es frontera seca, o sea se pasa caminando. Nosotros tenemos convenios con varios organismos de control del país como por ejemplo la gendarmería nacional y la policía aeronáutica. Se realizan procedimientos conjuntos, se instruye al personal en lo que es la parte de procedimientos y en la parte de identificación de animales, pieles y cueros. Todo esto se realiza para que nos den una mano a nosotros en el control de la aplicación de la Ley. De todas maneras no es un control extremadamente bueno como sería deseable. Cuando hay algún tipo de falla o problema se produce el tráfico, pero eso no quiere decir que existe negligencia total porque las metodologías de contrabando son muchísimas y a veces escapa a los propios controles. Se trata de poner presión en puntos que normalmente son utilizados pero a veces se falla porque cuando se actúa en algunas rutas de tráfico, las cambian.
También existen fronteras en las cuales se trafica más que en otras, como por ejemplo la frontera con Bolivia, con Paraguay y algunos puntos de frontera con Brasil.

E: ¿Cómo se legisla en el país el tráfico?
FyF:
La reglamentación más importante de nuestro país es la Resolución Nº 62/86 que dice que está prohibida la comercialización de todos los animales vivos de fauna autóctona, salvo aquellos declarados plaga o perjudiciales por la provincia de origen. Otra importante es la Resolución Nº 144/83, que agrega a lo permitido lo criado en criaderos inscriptos. Después hay un montón de resoluciones de la nación y a su vez de cada provincia que hablan específicamente de alguna especie. Las prohibiciones en general suelen ser bastante parejas entre la provincia y la nación.
Por ejemplo existen prohibiciones sobre determinadas especies como las dos especies de Yacaré autóctonas y las dos especies de boas nativas, también hay regulaciones para los lagartos donde dice como comercializarlos.

E: ¿Como se manejan con el comercio ilegal nacional?
FyF:
El tráfico de animales vivos para mascotas en las provincias es bastante importante porque con la falta de trabajo que hay y los problemas sociales, muchos lugareños extraen animales silvestres de su hábitat como una posibilidad de sustento de vida.
Contra esto también es difícil luchar porque no se les puede dar a esa gente una salida alternativa.
Existen algunos lugares que son más conflictivos como el Gran Buenos Aires, Rosario o Córdoba. Es mucho el cúmulo de venta ilegal que hay, por eso es muy común ver en este momento en las rutas o debajo de los puentes gente vendiendo pájaros o loros.

E: Que pasa si se captura gente haciendo ese tipo de venta ilegal?
FyF:
Primero se procede al secuestro de los animales y se labra un acta. Se puede considerar como una infracción o un delito, depende del marco que tenga dentro lo que es la ley de fauna, y también depende del carácter de la infracción que se este viendo en ese momento, del animal y de otras condiciones que este cometiendo el traficante. Entonces en relación a eso se aplica lo que es la parte administrativa o un proceso penal en donde interviene un juzgado.
Tuvimos varios juicios que los hemos ganado pero las penas son muy bajas, en general son penas menores a tres años por ende son penas con eximición de prisión, la prisión es en suspenso y de cumplimiento en libertad. No hay penalidades duras, eso en algún momento habría que modificarlo pero en general la legislación penal es bastante flojita para todo.

E: ¿Qué se hace con los animales secuestrados del trafico?
FyF:
Normalmente cuando uno encuentra animales productos del comercio ilegal , los animales casi en un ciento por ciento están casi destruidos, porque la gente que esta metida en este comercio no invierte nada en su mantenimiento. Como ellos mueven en cantidad por menos que les quede, siempre van a tener una ganancia, entonces los animales están hacinados porque tienen poco espacio, viajan en condiciones terribles porque necesitan ser escondidos, la alimentación es la mínima indispensable y normalmente de mala calidad porque es mas barata, no invierten en ningún tipo de vitaminas ni medicamentos por el costo de estos.
Cuando se hace el secuestro se hace la primer derivación, que normalmente es a algún zoo cercano donde van a recibir las primeras atenciones veterinarias, se los separa a los animales, se los comienza a alimentar adecuadamente y se los trata de desestresar, este proceso es el más importante porque más allá de las enfermedades que pudo contraer están en un grado de estrés producto del maltrato y aquí normalmente es donde existe una gran mortalidad. Los animales que sobreviven a esa mortalidad tienen una fuerte posibilidad de sobrevida.
Después de esto pasamos a una segunda etapa. El tema de la liberación o de la reintroducción de los animales a su estado natural no es tan sencillo, hay que tener en cuenta muchas cosas. Primero el tema sanitario es fundamental, se tiene que tener la certeza de que estos animales estén perfectamente sanos porque no se puede correr el riego de trasladar a una población natural una enfermedad extraña. A su vez la detección de este tipo de enfermedades no es sencilla y hay muchos virus que los animales pueden estar portando y que no son para nada fáciles de detectar o los procedimientos de detección son muy caros. Hay que saber cuanto tiempo los animales estuvieron en ese estado de hacinamiento.
En segundo lugar se tiene que tener la certeza de cual es el origen de ese animal por un tema básicamente genético, no es viable ni aceptable liberar animales en cualquier lugar.
A veces el tema de la liberación produce más perjuicios que beneficios para la especie porque también una reintroducción implica un montón de trabajo previo.
Si la especie no está en estado problemático a nivel poblacional normalmente se deshecha el tema de liberación, porque se priorizar los demás problemas potenciales que se podrían causar. La liberación o reintroducción se utiliza o se trabaja cuando las especies en estado silvestre tienen problemas poblacionales importantes. Los animales que pueden ser reintroducidos pasan a ser normalmente parte de los planteles de zoológicos.

E: ¿Y si esos animales son de otro país?
FyF:
Depende de la especie. Si la especie es una importante, por ejemplo una que este en peligro de extinción en su país de origen, se hacen contactos a nivel internacional, se manda y allí, en su país de origen, se lo deriva a un centro de readaptación. Cuando el ejemplar pertenece a una población que no tiene problemas ambientales se priorizan los costos y no se lo manda, también puede ser que el país de origen no lo acepte, en estos casos pasan a formar parte del plantel de algún zoológico. Por otra parte la ley prevee tres cosas: La liberación de estos animales, que formen parte de un Zoológico o, en casos muy extremos, la eutanasia. Esta última se practica en el caso de animales que posean enfermedades muy graves en los cuales no sólo corra riego el animal sino también las personas.

E: ¿Existe legislación para controlar la tenencia particular ilegal?
FyF:
La tenencia particular no esta legislada. Por ejemplo las tortugas es todo un problema porque cada 10 casas en 8 debe haber una, en la época del verano cuando ya no están en letargo empiezan a "molestar" y las quieren regalar, existen veces que las abandonan. En particular la liberación en este caso no se acepta, por esto nosotros tenemos un sistema de tenencia legal. Esto quiere decir que poseemos una lista de personas que quieren donar su tortuga y de personas que estan interesadas en "adoptarla" como mascota, así cuando nos traen una tortuga, la aceptamos y la reubicamos. A esa persona le entregamos ese animal como si fuera una guarda legal y de alguna manera hacemos que la gente que quiera tener ese tipo de animalito, utilice los que ya están dentro del circuito casero y no vaya a comprar al mercado ilegal. Obviamente que le hacemos un seguimiento posterior y le entregamos un folleto donde explica la alimentación, cuidado y veterinarios especializados.

E: ¿Cómo se manejan con el tema de las denuncias?
FyF: Hoy la gente esta mucho más informada que hace 10 años atrás. Es muy común recibir denuncias, la gente ya sabe lo que es ilegal y si no lo sabe lo presupone. También sabe donde tiene que llamar o se preocupan por buscar el teléfono de acá, nos llaman de todo el país. Las denuncias pueden ser anónimas y nosotros las chequeamos todas porque no siempre son válidas.

E: ¿Como surgieron los "Criaderos"?
FyF:
Existe una tendencia internacional a la no utilización de productos que vienen directamente de la fauna silvestre del lugar. Por esto surgieron los criaderos donde se producen lo que se llama "pieles y cueros ecológicos", este termino se refiere a las pieles y cueros de animales criados en cautiverio. En Argentina también existen los que se llaman "pseudo criaderos", que son los que se utilizan como pantalla para encubrir actividades ilegales. Lo que hacen es montar un criadero y bajo esa pantalla se extrae el recurso del medio ambiente incorporándolo allí como producto terminado. La única solución para este problema es la fiscalización constante, esto implica mucho trabajo y mucha utilización de presupuesto.

E: ¿Existe una regulación para estos Criaderos?
FyF:
Argentina al ser un país federal tiene una dirección de fauna nacional con jurisdicción federal y a su vez una en cada provincia que regula los recursos dentro de la provincia. En el caso de los criaderos existe una regulación conjunta. Existe un registro de criaderos aquí en la Dirección nacional pero, por falta de demanda, no son muchos los inscriptos.

E: ¿Que especies animales se crían generalmente?
FyF:
Algunos criaderos se refieren a animales de fauna autóctona propios del territorio nacional Argentino y otros a animales de fauna exótica. Existen criaderos de animales vivos para el mercado de mascotas que básicamente proveen pájaros chicos y loros. Aquí hay sólo dos y uno sólo está trabajando a nivel comercial con algunos problemas de presupuesto y fiscalización.
Los criaderos para obtener fibra de pelo de guanaco y de vicuña están dando muy buenos resultados porque la fibra es muy fina y muy buena para hacer algunas confecciones. Es muy buscada sobre todo a nivel internacional y por esto tiene un muy buen valor de comercialización, se sacan productos muy buenos y por otro lado no se matan a los animales sino que se los esquila.
Esta es una de las cosas que a nivel mundial se esta haciendo hace bastantes años. Se utiliza lo que se llama "uso sustentable de un recurso", se genera un valor agregado, se regula, se legisla y bajo ese plan de manejo se lleva adelante este tipo de utilización del recurso. Se prohíbe la comercialización de lo que es la parte silvestre, solo se permite su utilización dentro del criadero y se regula esa actividad, tanto la parte de cría como la parte de comercialización.
Tampoco se lo mata porque compite con otros recursos económicos de la zona y se preserva la especie.
Esto es bueno porque al darle un valor agregado al producto se ayuda a preservar la especie en estado silvestre.

Si querés realizar denuncias comunicate al (011)-4-348-8560/61/62

Fuente: Eco2site.com
Julio 2002