La eco-etiqueta europea para productos textiles
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Decisión 2002/371/CE de 15 mayo de 2002.
D.O. n° L 133 de 18.05.2002.
Criterios válidos hasta el 31 de mayo de 2007.
Criterios anteriores validos hasta el 31 de mayo de 2003. |
Aplicable a todos los productos textiles incluyendo
las prendas de vestir y los accesorios textiles, fibras, hilados y tejidos,
y textiles de interior excepto recubrimiento para paredes y suelos.
Hoy en día, la industria textil debe hacer frente
a nuevos desafíos debidos a la globalización de la economía
mundial, y a la competencia de los mercados asiáticos con fuerte
crecimiento. Con el fin de mantenerse dentro del mercado, los fabricantes
deben utilizar factores de diferenciación lanzando al mercado tejidos
y confecciones de alto valor añadido.
En un mundo cada vez más concienciado sobre la salud y el medio
ambiente, un producto capaz de probar que es mejor para la salud y el medio
ambiente al usar un etiquetado reconocido por su seriedad y su fiabilidad,
es muy susceptible de hacerse diferenciar a los ojos de los consumidores.
Al añadir un signo suplementario de calidad, le puede ayudar a seguir
siendo competitivo sin necesariamente tener que aumentar sus costes. De
hecho, algunas empresas y distribuidores ya utilizan esta etiqueta para
la ropa de casa.
La etiqueta ecológica europea, que es el único signo de calidad
ambiental a la vez certificado por un organismo independiente y avalado
en toda Europa, constituye una oportunidad única de responder a
las expectativas de sus clientes.
| Poner
la etiqueta ecológica europea en sus productos significa que poseen
las siguientes ventajas: |
Reducción
de la contaminación del aire y de las aguas durante la producción
de las fibras.
Limitación del uso de substancias peligrosas para la salud
y el medio ambiente.
Garantía de resistencia al encogido durante el lavado y
el secado.
Garantía de la resistencia de los colores a la transpiración,
el lavado, frotado en húmedo y en seco y a la exposición
a la luz.
Toda la cadena de producción cubierta. |
Para obtener la Eco-etiqueta
europea, los productos textiles deben cumplir los siguientes criterios
ecológicos y de aptitud al uso
Análisis del ciclo de vida
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Limitación de residuos
tóxicos en las fibras
Acrílico: Acrilonitrilo < 1,5 mg/kg.
Algodón: residuos de pesticidas < 0,05 ppm.
Elastano y poliuretano: no compuestos organo-estánicos.
Lana suarda y demás fibras queratínicas: limitación
de algunos pesticidas.
Fibras de celulosa artificiales: AOX < 250 ppm.
Poliéster: Antimonio < 260 ppm.
Polipropileno: sin pigmentos con plomo. |
Reducción de la contaminación
del aire durante la producción
Acrílico: Acrilonitrilo < 1 g/kg.
Elastano y poliuretano: diisocianatos aromáticos < 5 mg/kg.
Fibras de celulosa artificiales: S < 120 g/kg (fila-mento) y 30 g/kg
(fibra cortada).
Poliamida: N 2 O < 10 g/kg de poliamida 6 y < 50g/kg de poliamida
6,6.
Poliéster: COVs < 1,2 g/kg. |
Reducción de la contaminación
del agua durante la producción
Lino y demás fibras liberianas: DQO/COT del enriamiento del
agua reducido en un 75% (cáñamo) y 95% (lino, otros).
Viscosa: Zn < 0,3 g/kg.
Cupro: Cu < 0,1 ppm.
Lana suarda y demás fibras queratínicas: DQO < 60 g/kg,
75% reducción de DQO, tratamiento externo. Efluentes tratados
en fabrica: DQO < 5 g/kg, 6<pH<9, temperatura < 40° C.
AOX : Compuestos clorados
DQO : Demanda Química de Oxígeno
COV : Compuestos Orgánicos Volátiles. |
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Limitación del uso de substancias
nocivas para la salud y el medio ambiente
- 90% de los productos de cardado y acabado para
hilatura y lubricantes y 95% de los productos
de apresto, los detergentes, suavizantes, y productos complejantes
deben ser suficientemente
biodegradables o eliminables.
- Contenido de hidrocarburos aromáticos policíclicos
(HAP) en aceites minerales < 1% del peso.
- Ausencia de compuestos de cerio o vehiculizadores
de cloro.
- Ausencia de metales pesados o formaldehído
en desborrado o despigmentación.
- Ausencia de APEO, DTDMAC, DSDMAC, DHTDMAC, EDTA,
LAS, DTPA, teñido con mordiente
de cromo.
- Emisiones de AOX provenientes de agentes de blanqueo
< 40 mg Cl/kg (100 mg en algunos
casos).
- Niveles de impurezas en tintes (en ppm):
Ag < 100. Ba < 100. Co < 500. Se < 20. Fe < 2500. As
< 50. Cd < 20. Cr < 100. Cu < 250. Hg < 4. Ni < 200.
Pb < 100. Sb < 50. Sn < 250. Zn < 1500. Mn < 1000.
- Niveles de impurezas en pigmentos (en ppm):
As < 50. Cd < 50. Cr < 100. Hg < 25. Pb < 100. Sb <
250. Zn < 1000. Ba < 100. Se < 100.
- Ausencia de clorofenoles, PCB y compuestos organoestánnicos
durante el transporte o
almacenamiento.
- Productos biocidas o biostáticos: inactivos
durante la fase de utilización.
- Vertidos a las aguas de tintes de complejos metálicos
base de Cu, Cr ou Ni: máx. 20%
(teñido de fibras de celulosa), 7% (demás teñidos).
Después de tratamiento: Cu < 75 mg/kg
(fibra, hilado, tejido), Cr < 50 mg/kg, Ni < 75 mg/kg.
- Prohibido el uso de tintes azoicos que se adhieran
a aminas aromáticas.
- Ausencia de tintes clasificados como carcinogénicos,
mutagénicos, tóxicos para la reproducción
según Directiva 67/548/CEE.
- Ausencia de colorantes potencialmente sensibilizantes
si su solidez a la transpiración > 4.
- Pastas de estampación < 5% COVs. Prohibida
estampación con plastisol.
- Formaldehído < 30 ppm para productos en
contacto directo con la piel, 300 ppm para los demás.
- DQO de enriamiento con agua < 25 g/kg. Si tratamiento
interno, 6 < pH < 9 y temperatura
<40°C.
- Ausencia de retardadores de llama y preparados de
acabado que contengan más del 0,1%
de peso de sustancias clasificadas como cancerígenas, mutagénicas,
y tóxicas para el medio ambiente según Directiva 67/548/CEE.
- Acabados resistentes al encogimiento solo para cintas
de lana.
- Recubrimientos, laminados y membranas: ausencia
de plastificantes o solventes a los que
se haya asignado o se les pueda asignar una lista de frases de riesgo
según la Directiva
67/548/CEE.
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Fuente: Unión Europea en linea
Abril 2003
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